XX
CONGRESO INTERNACIONAL DE
HISTORIA DE LOS
DERECHOS
HUMANOS
DE LA UNIVERSIDAD DE SALAMANCA
SOBRE
"DIMENSIONES DEL DERECHO HUMANO DE
SEGURIDAD
Y
EXPANSIVIDAD DEL MISMO"
___________________________
SOBRE EL DERECHO HUMANO DE SEGURIDAD
La aspiración de todo ser humano a disfrutar de seguridad es vieja como el mundo y la voluntad de
protegerla se manifestó en los primeros
textos míticos fundantes del discurso de los derechos humanos. Es conocida la
progresividad de tales derechos, que con
el tiempo han experimentado un proceso de expansión.
En respuesta al crecimiento y nuevas manifestaciones de la
inseguridad, especialmente en el
último decenio, y de la
percepción de la misma, lo hace también
el cada vez más multidimensional y progresivo "derecho
humano de seguridad", en el
que se incluyen el derecho a la seguridad jurídica (incluida
la procesal y penal) del respeto por el Estado al derecho de los
ciudadanos a su libertad e integridad física, el derecho
a políticas de "seguridad pública" (la física o patrimonial o
jurídica amenazada por terceros, amparada por el Estado y las
"fuerzas de seguridad"),o, como alternativa más clara a seguridad ciudadana (protección de
derechos), el derecho a la seguridad
nacional (del
territorio, de cada país soberano), el
derecho a la seguridad colectiva (internacional,
vinculada al derecho a la paz) o el
derecho a la "seguridad
humana", un nuevo
concepto lanzado por la ONU en 1994 y
desarrollado en las primeras
décadas del siglo XXI:
"El Informe
del PNUD (Programa
de Naciones Unidas para el Desarrollo,
creado en 1989) sobre Desarrollo
Humano titulado "Nuevas
dimensiones de la seguridad humana"
acuñó el término “seguridad humana” en el sistema de las Naciones Unidas. El
Informe destacó cuatro características básicas de la seguridad humana:
universalidad, interdependencia de sus componentes, centrada en las personas y
mejor garantizada mediante la prevención temprana y siete ámbitos relacionados:
seguridad económica, alimentaria, de la salud, del medio ambiente, personal,
comunitaria y política"....
En el párrafo 143 del Documento Final de la Cumbre Mundial 2005
(A/RES/60/1), titulado ‘Seguridad Humana’, los Jefes de Estado y de
Gobierno subrayaron “el derecho de las personas a vivir en libertad y con
dignidad, libres de la pobreza y la desesperación” y reconocieron que “todas
las personas, en particular las que son vulnerables, tienen derecho a vivir
libres del temor y la miseria, a disponer de iguales oportunidades para
disfrutar de todos sus derechos y a desarrollar plenamente su potencial
humano” (Texto del Fondo Fiduciario de las Naciones Unidas para la
Seguridad Humana. Dependencia de la Seguridad humana: La seguridad humana en las Naciones Unidas. Nueva York, 2015, en htpp//www.un.org/humansecurity/es/content/seguridad-humana-para-todos)
Esta
reconceptualización de la "seguridad", que ha ido refinándose y perfilándose a través de una serie de
iniciativas, para relacionarla con el discurso internacional de los derechos
humanos en su conjunto, exige incluir hoy en el "derecho
humano a la seguridad" la
exigencia de respeto y atención tanto a los derechos civiles de las personas como a los derechos humanos de la
segunda o de la tercera
generación.
Así, se requiere que los Gobiernos
y la Sociedad Internacional, reconozcan y respondan, con el concurso de la sociedad civil y de las
organizaciones regionales o
locales, tanto del derecho
a la seguridad física y
patrimonial de las personas (no sólo respetándolo,
sino también protegiéndolo), como del derecho de éstas y de los colectivos vulnerables
a su seguridad alimentaria, asistencial, laboral, sanitaria, medioambiental, en la red (ciberseguridad),
en la investigación científica (por
ejemplo asegurando que esta no ponga en
riesgo la conservación del patrimonio
genético de la especie), etc, etc., invirtiendo en objetivos
concretos y prioritarios.
(M ª Ester Martínez
Quinteiro)
SOBRE EL CONGRESO
El Congreso, nº XX de los
internacionales e interdisciplinares sobre "Historia de los Derechos
Humanos" de la
Universidad de Salamanca, reúne en el Centro
de Estudios Brasileños de la USAL (CEBUSAL), a más
de medio centenar de profesores, profesionales e investigadores expertos en
estudios sobre los Derechos Humanos,
de 6 países: España
(Salamanca, Madrid y Valladolid), Brasil (diversos Estados),
Portugal, Chile, Francia y México.
Congrega a personas de diferentes
especialidades expertas en Derechos Humanos:
historiadores, sociólogos,
psicólogos, antropólogos, politólogos,
pedagogos, filósofos, economistas, licenciados en Bellas Artes, escritores y
juristas académicos o
profesionales del derecho de
diferentes especialidades (jueces, abogados, fiscales, policías, etc.). Buena parte de
los congresistas, hoy ejerciendo
sus profesiones en diversas partes del mundo,
se han formado en el Programa interdisciplinar de Doctorado
"Pasado y Presente de los Derechos Humanos" (1999-2016) de la
Universidad de Salamanca. Dicho Programa extinto en 2016, como todos los pertenecientes al Plan Antiguo,
previos a la creación del EEES, encuentra su
continuidad en el Posdoctorado
sobre "Derechos Humanos en Perspectiva Comparada. Brasil y España (PPHCDH/USAL)", con sede en
el Centro de Estudios Brasileños de la
USAL (CEBUSAL) y colaboración del
Instituto Universitario de Rio de Janeiro (IBEA). El PPHCDH/USAL ha intervenido activamente en la organización
del Congreso, con el junto con
el SIHCDH/USAL, creado y
dirigido por la profesora Mª Paz Pando Ballesteros, codirectora del Congreso, y
otras prestigiosas instituciones y grupos de investigación.